La medida busca mantener la suficiencia y el equilibrio técnico de las coberturas, basándose en la variación de la Tasa de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE), que actúa como indicador objetivo para preservar el valor real de las sumas aseguradas.
Entre las principales modificaciones, se destacan:
- Obligación Legal Autónoma
a. Gastos Sanatoriales por persona: $910.000.-
b. Gastos de Sepelio por persona: $533.000.-
- Límite del Seguro de Responsabilidad Civil Transporte Público: $676.000.000.-
- Límite del Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil: $20.800.000.-
- Límite máximo de responsabilidad civil para vehículos automotores y/o remolcados (Seguros Voluntarios):
a. Automóviles, camionetas, vehículos remolcados; autos de alquiler sin chofer; motovehículos, bicicletas con motor; casas rodantes: $208.000.000.-
b. Taxis, remises, maquinarias rurales y viales, camiones, semitracciones, acoplados y semirremolques, servicios de urgencias; fuerzas de seguridad; vehículos categoría M1: $455.000.000.-
c. Vehículos definidos como M2 y M3: $676.000.000.-
d. Vehículos que presten servicio mediante una Plataforma Tecnológica: $455.000.000.-
- Franquicia o descubierto obligatorio a cargo del asegurado correspondiente al Seguro de Responsabilidad Civil de vehículos automotores destinados al Transporte Público de Pasajeros: $3.380.000.-
- Descubierto obligatorio a cargo del asegurado en el riesgo de Responsabilidad Civil exclusivamente para vehículos destinados a Taxi o Remises: $494.000.-.
Esta medida reafirma el compromiso de la SSN con la solvencia del sistema asegurador y la protección de los asegurados y terceros, adaptando los límites de cobertura a las condiciones técnicas y económicas vigentes.