Ocurrió en un día común de servicio. Era las 20.30 del 10 de diciembre de 2019, poco antes de la pandemia del coronavirus. Una agente de la Policía de Río Negro, dependiente de la comisaría 30º, recorría las calles en señal de prevención dentro de las órdenes emanadas por las autoridades.
En la intersección de las calles Choele Choel y Marambio de Viedma -muy cerca de la rotonda Pagano-, fue atacada por dos sujetos, quienes apuntando con un arma de fuego la amenazaron para sustraer su arma reglamentaria y arrebatar sus pertenencias, de acuerdo a lo que se pudo constatar en las primeras actuaciones.
Ante su reacción y negativa de entregarle su arma reglamentaria, es que la agredieron, forcejearon, y la arrojaron al piso, para luego arrastrarla dos metros, y finalmente hacerse de su arma y escapar del lugar. Debido al suceso, sufrió lastimadura en su mano izquierda, codo y rodilla derecha, siendo asistida por los profesionales de la salud. Primero hubo actuaciones administrativas con la participación de la Aseguradora de Riesgo del Trabajo (ART).
Sin embargo, el caso terminó en la justicia porque el conflicto -en su situación personal- desencadenó también un grave padecimiento en su psiquis, su estado anímico y emocional, repercutiendo gravemente desde ese día, en su desempeño laboral, familiar y social.
En principio, la ART brindó asistencia médica, tratamiento psicológico y psiquiátrico, además de licencias laborales. Tiempo después otorgó el alta médica. Posteriormente intervino la Comisión Médica N.º 18 de Viedma, que en agosto de 2023 reconoció que existía incapacidad derivada del accidente laboral, aunque la fijó en un 6%. La trabajadora manifestó su desacuerdo con ese dictamen y promovió la demanda judicial para que se revisara el grado de incapacidad.
En su defensa, la aseguradora solicitó el rechazo de la demanda. Sostuvo que había cumplido con todas las obligaciones previstas en la Ley de Riesgos del Trabajo, que otorgó las prestaciones correspondientes y que el porcentaje de incapacidad ya había sido determinado en sede administrativa. También cuestionó la liquidación reclamada y pidió que se aplicaran de manera estricta el baremo y el listado de enfermedades profesionales.
Durante el juicio se produjo una pericia médica que concluyó que la mujer presenta un trastorno por estrés postraumático de carácter crónico, directamente vinculado al asalto sufrido en ejercicio de sus funciones. El informe detalló síntomas como reexperimentación del trauma, hipervigilancia, trastornos del sueño, ansiedad y un deterioro funcional que la vuelve incompatible con tareas policiales operativas, especialmente aquellas que implican situaciones de riesgo o portación de armas.
Al resolver, los jueces de la Cámara Laboral de Viedma señalaron que “no se encuentra controvertida la existencia del siniestro, ni la responsabilidad de la demandada en los términos de la Ley 24.557”. Remarcaron que el hecho ocurrió en un contexto propio del riesgo laboral. También destacaron que la pericia médica se ajustó a las exigencias
Recientemente, la Cámara del Trabajo por intermedio de los jueces -Carlos Da Silva, Rolando Gaitán y Marcelo Valverde- condenó a la aseguradora a abonar una indemnización de casi cuatro millones de pesos en el término de 10 días, según los cálculos formulados al 17 de diciembre pasado. (Noticias Net)