Nuevo seguro obligatorio en CABA (RC Perros peligrosos)

La nueva norma tiene que ver con la ley 4.078, que tiene casi diez años y recién este año fue reglamentada. El objetivo es regular la tenencia de los 17 caninos para preservar la vida e integridad física de las personas, y otros animales.



El pasado lunes entró en vigencia en la Ciudad de Buenos Aires la resolución oficial que determina nuevos procedimientos para el registro y la tenencia de las 17 razas de perros, que fueron declarados potencialmente peligrosos por Ley porteña Nº 4078, sancionada hace diez años.

La Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad de Buenos Aires publicó este lunes el "Procedimiento de inscripción en el Registro de Propietarios de Perros Potencialmente Peligrosos", cuyo objetivo es regular la tenencia de aquellos caninos considerados peligrosos a fin de preservar la vida y la integridad física de las personas, y otros animales. De todas formas, desde Ciudad no hubo comunicación oficial de plazos.

Según la Ley Porteña 4078, que regula la tenencia de este tipo de animales, las 17 razas de perros peligrosos son:

- Pit bull terrier

- Staffordshire bull terrier

- American staffordshire terrier

- Dogo argentino

- Fila brasileño

- Tosa inu

- Akita inu

- Doberman

- Rottweiller

- Bullmastiff

- Dogo de burdeos

- Bull terrier

- Gran perro japonés

- Mastín napolitano

- Presa canario

- Ovejero alemán

- Cane corso

También se consideran perros potencialmente peligrosos a los nacidos de cruces entre las razas incluidas en la lista o con otras razas que den como resultado animales de más de 20 kilos de peso, perímetro torácico entre 60 y 80 centímetros, cabeza voluminosa y cuello corto, fuerte musculatura, mandíbula grande y boca profunda y resistencia y carácter marcado.

Cuáles son los requisitos para poder registrar a los perros de razas peligrosas

Los dueños deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Obligatoriedad que que los perros sean identificados con una chapa, en la que tiene que estar el nombre del dueño y el número de inscripción del animal en el registro oficial.
  • En la calle tendrán que tener bozal y ser llevados con una correa corta, de un máximo de dos metros.
  • Contar con la vacuna antirrábica al día.
  • Por su parte, los dueños necesitan un seguro de responsabilidad civil que cubra los gastos de los daños o lesiones que puedan causar sus perros.
  • El dueño también deberá contar, en la propiedad privada, con un espacio adecuado para proteger a quien ingrese al lugar.

El dueño que abandone un perro alcanzado por la ley, teniendo en cuenta que está prohibido, tendrá una posible sanción ya que se considera una falta grave.

En caso que el animal tuviese algún inconveniente (cesión, robo o pérdida), el dueño deberá informarlo de inmediato al Registro.

El incumplimiento de estas disposiciones es multado con un monto de entre $19.500 y $78.000, o el doble en caso de reincidencia.

Perros peligrosos: Cómo hacer el registro

La inscripción se debe tramitar vía web mediante el Sistema Tramitación a Distancia (TAD) gestionado por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y antes de que el perro cumpla tres meses de vida.

El dueño deberá completar un formulario con la foto del perro; datos del propietario y del animal (fecha de nacimiento, raza, color, tipo de pelaje, edad real o aproximada, identificación del microchip y domicilio habitual). También estarán incluidos los datos del seguro de responsabilidad civil (compañía de seguros, número de póliza y vigencia).

A su vez, el propietario recibirá un Permiso de Tenencia de Perro Potencialmente Peligroso, que tendrá una vigencia de un año. Tres meses después de obtenerlo, deberá realizar un curso de capacitación ofrecido por la Unidad de Coordinación de Sanidad y Tenencia Responsable de Mascotas.

El objetivo es que aprenda acerca del correcto cuidado, educación y sociabilización de estos perros. La realización de aquel curso será uno de los requerimientos para renovar el permiso de tenencia.

(Fuente: ambito.com)