LOGRAR COMPAÑÍA DE SEGUROS DE PERSONAS S.A. - AUTORIZACIÓN DE RAMA ROBO Y RIESGOS SIMILARES - SEGURO DE ROBO EFECTOS PERSONALES
VISTO el Expediente EX-2025-101286242-APN-GTYN#SSN, el artículo 23 de la Ley Nº 20.091, y CONSIDERANDO:
Que la entidad LOGRAR COMPAÑÍA DE SEGUROS DE PERSONAS S.A. solicita autorización para operar en la Rama “ROBO Y RIESGOS SIMILARES” con el Plan denominado “SEGURO DE ROBO EFECTOS PERSONALES” de conformidad con lo establecido en el punto 23.1.1. del Reglamento General de la Actividad Aseguradora (t.o. Resolución SSN N° 38.708 de fecha 6 de noviembre de 2014).
Que mediante IF-2025-116294933-APN-GE#SSN, la Gerencia de Evaluación informa que la entidad acredita el capital mínimo necesario para operar en la referida Rama. Que la Gerencia de Autorizaciones y Registros se ha expedido en el ámbito de su competencia.
Que de acuerdo a lo informado por la Gerencia Técnica y Normativa, la documentación aportada se adecua a la normativa vigente.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 67 inciso a) de la Ley Nº 20.091.
Por ello, EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACIÓN RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Autorízase a LOGRAR COMPAÑÍA DE SEGUROS DE PERSONAS S.A. a operar en todo el territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA en la Rama “ROBO Y RIESGOS SIMILARES”.
ARTÍCULO 2º.- Regístrese en el Sistema Informatizado de Autorizaciones de Ramos y Planes obrante en la órbita de la Gerencia de Autorizaciones y Registros, el Plan denominado “SEGURO DE ROBO EFECTOS PERSONALES” conforme el Sistema de Depósito de Planes.
ARTÍCULO 3º.- Notifíquese al domicilio electrónico constituido por la entidad conforme Resolución SSN Nº 39.527 de fecha 29 de octubre de 2015, y publíquese en el Boletín Oficial.